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Legislación › Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 37. Entradas.

Artículo 37. Entradas.

Las entradas que expidan los organizadores de espec­táculos públicos y actividades recreativas deberán conte­ner, como mínimo, la siguiente información:

a) Número de orden.

b) Identificación de la empresa y domicilio.

c) Espectáculo o actividad.

d) Lugar, fecha y hora de celebración.

e) Clase de localidad y número, en sesiones numera­das.

f) Indicación de si son localidades con «visibilidad reducida», en caso de corresponder a éstas en el local o espectáculo.

g) Precio.

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