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Legislación › Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 4. Exclusiones.

Artículo 4. Exclusiones.

1. Quedan excluidos del ámbito de aplicación a esta Ley los actos o celebraciones privadas, de carácter fami­liar o social, que no estén abiertos a pública concurrencia y los que supongan el ejercicio de los derechos funda­mentales consagrados en la Constitución.

2. Las actividades excluidas de esta Ley deberán cumplir con lo establecido en la legislación de protec­ción de la seguridad ciudadana y, en todo caso, los recin­tos, locales y establecimientos donde se realicen dichas actividades deberán reunir las condiciones de seguridad y de tipo técnico exigidas en esta Ley, en sus reglamen­tos de desarrollo y aplicación y en la normativa técnica específica.

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