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Legislación › Ley 7/2006, de 15 de junio, de garantías de tiempos máximos de respuesta en atención sanitaria especializada en el sistema sanitario público de Cantabria.

Disposición adicional primera. Plazos inferiores de respuesta.

Disposición adicional primera. Plazos inferiores de respuesta.

El Consejo de Gobierno podrá establecer plazos máximos de respuesta inferiores a los previstos en la presente Ley.

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