LexTotal

Legislación › Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Artículo 16. Derechos en el ámbito de las familias.

Artículo 16. Derechos en el ámbito de las familias.

Todas las personas tienen derecho, de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley, a recibir prestaciones sociales y ayudas públicas para atender las cargas familiares.

← Artículo 15 Índice Artículo 17 →