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Legislación › Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Artículo 194. Oficinas en el exterior.

Artículo 194. Oficinas en el exterior.

La Generalitat, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede establecer oficinas en el exterior.

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