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Legislación › Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Artículo 81. Composición, funcionamiento y estatuto personal.

Artículo 81. Composición, funcionamiento y estatuto personal.

1. La Sindicatura de Cuentas está formada por Síndicos designados por el Parlamento por mayoría de tres quintas partes. Los Síndicos eligen entre ellos al Síndico o Síndica Mayor.

2. Deben regularse por ley el estatuto personal, las incompatibilidades, las causas de cese, la organización y el funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas.

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