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Legislación › Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Disposición final cuarta. Relación de entidades económicas y financieras.

Disposición final cuarta. Relación de entidades económicas y financieras.

La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Estatuto, debe determinar la relación de las entidades a que se refiere el artículo 182.

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