Legislación › Ley Foral 7/2006, de 20 de junio, de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Artículo 42. Sanciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de julio de 2006 y la del 11 de marzo de 2020.
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Artículo 42. Sanciones.
1. A los responsables de las infracciones tipificadas en esta Ley Foral se les impondrán las siguientes sanciones:
a) Infracciones leves: amonestación por escrito o multa de hasta 3.000 euros.
b) Infracciones graves: multa desde 3.000,01 hasta 15.000 euros, cantidad que podrá rebasarse hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o los servicios objeto de la infracción.
c) Las infracciones muy graves: multa desde 15.000,01 euros hasta 600.000 euros, cantidad que podrá rebasarse hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.
2. Para la determinación de la cuantía pecuniaria de la sanción las sanciones se tendrá tendrán en cuenta lo dispuesto en el artículo 40 de la presente Ley Foral. las siguientes circunstancias:
La subsanación posterior a) Daños o perjuicios causados a los consumidores.
b) Grado de vulnerabilidad de los hechos, siempre que se realice antes destinarios del producto o servicio.
c) Cuantía de dictarse resolución sancionadora, así como la reparación efectiva beneficio ilícito obtenido.
d) Posición en el mercado del daño producido, serán tenidas infractor.
e) Alteración social producida.
f) Existencia de reincidencia o reiteración en cuenta para la fijación conducta infractora.
g) Volumen de la cuantía. ventas del infractor.
3. La imposición de las sanciones pecuniarias tendrá lugar de forma que la comisión de las infracciones no resulte más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas, respetando en cualquier caso el principio de proporcionalidad y la adecuación a la gravedad del hecho constitutivo de la infracción.
4. Corresponde al Gobierno de Navarra la revisión y actualización periódica de las cuantías previstas para las sanciones pecuniarias.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de marzo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-3785 | Leer | Qué cambió |
| 20 de julio de 2006 | Texto original | Leer |


