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Legislación › Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 69. Modalidades de justificación de la subvención.

Artículo 69. Modalidades de justificación de la subvención.

La justificación por el beneficiario del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, podrá revestir las siguientes modalidades:

1) Cuenta justificativa, adoptando una de las formas previstas en el Sección 2.ª de este Capítulo.

2) Acreditación por módulos.

3) Presentación de estados contables.

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