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Legislación › Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.

Artículo 30. Objeto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de octubre de 2006 y la del 24 de diciembre de 2014. Tachado: lo que se quitó (22 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 30. Objeto.
El presente capítulo desarrolla el régimen sancionador determinado en el capítulo V de la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de diciembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-13359 Leer Qué cambió
30 de octubre de 2006 Texto original Leer

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