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Legislación › Ley 1/2006, de 7 de julio, por la que se declara el Parque Natural del «Tajo internacional».

Artículo 1. Finalidad.

Artículo 1. Finalidad.

Por la presente Ley se declara el Parque Natural del Tajo Internacional con la finalidad de contribuir a la conservación de sus ecosistemas y valores naturales y favorecer el mantenimiento de los usos y aprovechamientos tradicionales, así como los usos educativos, científicos, culturales, recreativos y socioeconómicos que sean compatibles con la protección del espacio.

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