Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 102.
Artículo 102.
El contrato de arrendamiento será obligatorio cualquiera que sea la forma en que se celebre. Sin embargo, las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización del contrato en documento público o privado.


