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Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.

Artículo 102.

Artículo 102.

El contrato de arrendamiento será obligatorio cualquiera que sea la forma en que se celebre. Sin embargo, las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización del contrato en documento público o privado.

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