Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 114.
Artículo 114.
La enajenación de la finca no será causa de extinción del contrato, subrogándose el adquirente en todas las obligaciones del arrendador.
Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 114.
La enajenación de la finca no será causa de extinción del contrato, subrogándose el adquirente en todas las obligaciones del arrendador.
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