Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 5.
Artículo 5.
A fin de garantizar los derechos de las personas menores y de subsanar las situaciones de desamparo o riesgo en que pudieran encontrarse, la Xunta de Galicia ejercerá a través del organismo competente la protección de las personas menores que residan o se encuentren en Galicia.


