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Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.

Artículo 5.

Artículo 5.

A fin de garantizar los derechos de las personas menores y de subsanar las situaciones de desamparo o riesgo en que pudieran encontrarse, la Xunta de Galicia ejercerá a través del organismo competente la protección de las personas menores que residan o se encuentren en Galicia.

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