Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 79.
Artículo 79.
Ningún cotitular de la serventía podrá ejercitar la acción de división.
Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 79.
Ningún cotitular de la serventía podrá ejercitar la acción de división.
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