Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 96.
Artículo 96.
Para ejercitar el retracto de graciosa el deudor habrá de proceder al pago del precio y gastos de legítimo abono.
Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 96.
Para ejercitar el retracto de graciosa el deudor habrá de proceder al pago del precio y gastos de legítimo abono.
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