Legislación › Ley 3/2006, de 30 de junio, de creación del Colegio Profesional de Logopedas de Galicia.
Artículo 4. De la lengua en las comunicaciones.
Artículo 4. De la lengua en las comunicaciones.
El colegio procurará y fomentará el uso del gallego en todas sus comunicaciones, externas e internas, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de autonomía de Galicia y la legislación de normalización lingüística.


