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Legislación › Ley 3/2006, de 30 de junio, de creación del Colegio Profesional de Logopedas de Galicia.

Artículo 4. De la lengua en las comunicaciones.

Artículo 4. De la lengua en las comunicaciones.

El colegio procurará y fomentará el uso del gallego en todas sus comunicaciones, externas e internas, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de autonomía de Galicia y la legislación de normalización lingüística.

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