LexTotal

Legislación › Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega.

Artículo 18. Tratamientos.

Artículo 18. Tratamientos.

El tratamiento oficial de los miembros del Gobierno y de los altos cargos será el de señor/señora, seguido de la denominación del cargo, empleo o rango correspondiente.

← Artículo 17 Índice Disposición adicional primera →