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Legislación › Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

1. Se autoriza a la Xunta de Galicia, en el marco de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones exijan la aplicación y el desarrollo de la presente ley.

2. En el plazo de seis meses, a partir de su entrada en vigor, la Xunta de Galicia dictará las normas reglamentarias que exijan la aplicación y el desarrollo de la presente ley.

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