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Legislación › Ley 5/2006, de 30 de junio, para la protección, la conservación y la mejora de los ríos gallegos.

Disposición adicional segunda. Ámbito de aplicación.

Disposición adicional segunda. Ámbito de aplicación.

La presente ley es de aplicación en aquellos ámbitos territoriales y materias en los que la Comunidad Autónoma de Galicia detenta las competencias.

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