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Legislación › Ley 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria.

Artículo 6. Competencia.

Artículo 6. Competencia.

A los efectos de esta Ley, se entiende por Consejería competente aquella Consejería de la Comunidad Autónoma de Cantabria que tenga atribuida las competencias en materia de ordenación, planificación, regulación y gestión de los recursos cinegéticos y de la actividad cinegética.

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