Legislación › Ley 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria.
Artículo 6. Competencia.
Artículo 6. Competencia.
A los efectos de esta Ley, se entiende por Consejería competente aquella Consejería de la Comunidad Autónoma de Cantabria que tenga atribuida las competencias en materia de ordenación, planificación, regulación y gestión de los recursos cinegéticos y de la actividad cinegética.


