Legislación › Ley 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria.
Artículo 71. Acción pública.
Artículo 71. Acción pública.
Es pública la acción para exigir ante las Administraciones Públicas la observancia de lo establecido en la presente Ley y en las disposiciones que la desarrollen y ejecuten.


