Legislación › Ley 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria.
Artículo 78. Prescripción de sanciones.
Artículo 78. Prescripción de sanciones.
Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por infracciones graves a los dos años, y las impuestas por infracciones leves al año.


