Legislación › Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
ANEXO 4
ANEXO 4
Certificado de puesta en marcha de aparatos de gas
El certificado de puesta en marcha de aparatos de gas, a que se refiere el punto 5.4 de la presente ITC deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
Agente de puesta en marcha:
Nombre.
Dirección.
NIF.
Categoría (Instalador, Servicio Asistencia Técnica, etc.).
Datos del cliente:
Nombre.
Dirección.
Datos del aparato:
Tipo.
Marca.
Modelo.
Potencia.
Número de fabricación.
Pruebas realizadas y sus resultados:
Debe incluir la impresión del resultado del análisis de combustión del aparato, cuando proceda.
Otros datos:
Fecha.
Firma del técnico y sello de la empresa.
Firma del cliente o representante.


