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Legislación › Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.

ANEXO 4

ANEXO 4

Certificado de puesta en marcha de aparatos de gas

El certificado de puesta en marcha de aparatos de gas, a que se refiere el punto 5.4 de la presente ITC deberá contener, como mínimo, la siguiente información:

Agente de puesta en marcha:

Nombre.

Dirección.

NIF.

Categoría (Instalador, Servicio Asistencia Técnica, etc.).

Datos del cliente:

Nombre.

Dirección.

Datos del aparato:

Tipo.

Marca.

Modelo.

Potencia.

Número de fabricación.

Pruebas realizadas y sus resultados:

Debe incluir la impresión del resultado del análisis de combustión del aparato, cuando proceda.

Otros datos:

Fecha.

Firma del técnico y sello de la empresa.

Firma del cliente o representante.

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