Legislación › Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
8
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de septiembre de 2006 y la del 21 de abril de 2026.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (16 palabras).
Volver al texto en vigor
8. Rehabilitación en pacientes con déficit funcional recuperable funcional.
Comprende los procedimientos de diagnóstico, evaluación, prevención y tratamiento de pacientes con déficit funcional, encaminados a facilitar, mantener facilitarles, mantenerles o devolver devolverles el mayor grado de capacidad funcional e independencia posible al paciente, posible, con el fin de reintegrarlo mantener su máxima autonomía, mejorar la calidad de vida y reintegrarles en su medio habitual.
Se incluye la rehabilitación de las afecciones del sistema musculoesquelético, del sistema nervioso, del sistema cardiovascular y del sistema respiratorio, a través de fisioterapia, terapia ocupacional, logopedia que tenga relación directa con un proceso patológico que esté siendo tratado en el Sistema Nacional de Salud y métodos técnicos (ortoprótesis, reguladas en el anexo VI de cartera de servicios comunes de prestación ortoprotésica).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-8592 | Leer | Qué cambió |
| 17 de septiembre de 2006 | Texto original | Leer |


