Legislación › Orden FOM/2924/2006, de 19 de septiembre, por la que se regula el contenido mínimo del informe anual para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de septiembre de 2006 y la del 2 de enero de 2019.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (44 palabras).
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ANEXO I
Informe anual del Consejero de Seguridad
Téngase en cuenta que esta última actualización del Anexo I, establecida por el apartado 6.3 a 5 de la Orden FOM/606/2018, de 25 de mayo, entra en vigor el 2 de enero de 2019, según determina el apartado 7 de la citada Orden. BOE-A-2018-7511
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2018-7511 | Leer | Qué cambió |
| 27 de septiembre de 2006 | Texto original | Leer |


