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Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 7 de octubre de 2006 · Último cambio el 20 de julio de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto, ámbito de aplicación y fuentes.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Forma y contenido del contrato. 4 redacciones · cambió el 20/07/2022
- Artículo 3. Duración del contrato. 4 redacciones · cambió el 20/07/2022
- Artículo 4. Derechos y deberes. 3 redacciones · cambió el 31/03/2017
- Artículo 5. Jornada laboral y descansos. 2 redacciones · cambió el 21/02/2008
- Artículo 6. Fiestas, permisos y vacaciones.
- Artículo 7. Retribuciones. 5 redacciones · cambió el 20/07/2022
- Artículo 8. Rotaciones.
- Artículo 9. Suspensión del contrato.
- Artículo 10. Excedencias.
- Artículo 11. Extinción del contrato.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 13. Clases de faltas.
- Artículo 14. Sanciones.
- Artículo 15. Procedimiento disciplinario.
- Artículo 16. Prescripción de las faltas.
- Disposición adicional primera. Retribuciones en la Comunidad Foral de Navarra.
- Disposición adicional segunda. Personal en formación por el sistema de residencia con discapacidad.
- Disposición adicional tercera. Condiciones especiales de la jornada laboral.
- Disposición adicional cuarta. Especialidades para la protección integral contra la violencia de género.
- Disposición adicional quinta. Procedimiento de revisión de las evaluaciones. 4 redacciones · cambió el 20/07/2022
- Disposición adicional sexta. Normas específicas para determinadas especialidades médicas.
- Disposición adicional séptima. Aplicación de pactos y acuerdos.
- Disposición adicional octava. Especialistas en formación miembros de las Fuerzas Armadas.
- Disposición transitoria primera. Aplicación progresiva de la jornada máxima.
- Disposición transitoria segunda. Aplicación gradual del sistema retributivo.
- Disposición transitoria tercera. Normas específicas para las especialidades de enfermería.
- Disposición transitoria cuarta. Principio de condición más beneficiosa.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


