Legislación › Ley 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General.
Artículo 35. Relaciones con los demás sujetos sometidos a supervisión.
Artículo 35. Relaciones con los demás sujetos sometidos a supervisión.
Las relaciones del Procurador General con los demás sujetos a que se hace referencia en el artículo 13 de esta Ley se hará a través del titular del órgano que ostente la representación de los mismos.


