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Legislación › Ley 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General.

Disposición derogatoria primera.

Disposición derogatoria primera.

Quedan derogados los artículos 18 y 19 a 21, ambos inclusive, de la Ley del Principado de Asturias 7/1991, de 5 de abril, de asistencia y protección al anciano.

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