LexTotal

Legislación › Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.

Artículo 42. Tramitación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de septiembre de 2006 y la del 31 de mayo de 2009. Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 42. Tramitación.
1. Si el escrito de comunicación no reúne los requisitos o no va acompañado de la documentación señalada en el artículo anterior, se aplicará lo dispuesto en el artículo 26 de esta ley.
2. Presentados el escrito de comunicación y la totalidad de documentación o, en su caso, subsanadas las deficiencias y aportados los documentos, se consultará a las administraciones, personas e instituciones afectadas por la realización del proyecto y se les dará proyecto, otorgando a tal fin un plazo de quince días, sin perjuicio salvo que ya hayan manifestado su parecer a instancias del órgano sustantivo, y de la posibilidad de evacuar las consultas mediante la reunión prevista en el artículo 29.2 de esta ley. Ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de noviembre de 2009 En vigor BOE-A-2009-20658 Leer Qué cambió
31 de mayo de 2009 BOE-A-2009-90007 Leer Qué cambió
22 de septiembre de 2006 Texto original Leer

← Artículo 41 Índice Artículo 43 →