Legislación › Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.
Artículo 47. Sujeción.
Artículo 47. Sujeción.
Cuando la legislación sustantiva o sectorial, así como el planeamiento territorial, medioambiental o sectorial, prevean la emisión de un informe ambiental, en relación a una obra, proyecto o actividad no sujetos a evaluación de impacto ambiental según los anexos I y II de esta ley, se seguirá la tramitación prevista en este capítulo.


