Legislación › Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.
Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley 9/1990, de 27 de junio, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de urbanismo y habitabilidad.
Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley 9/1990, de 27 de junio, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de urbanismo y habitabilidad.
Se modifica el apartado 5 del artículo 3 de la Ley 9/1990, de 27 de junio, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de urbanismo y habitabilidad, que queda redactado de la siguiente forma:
«5. La intervención del órgano ambiental en el procedimiento de evaluación ambiental estratégica a que se deberán sujetar las figuras del planeamiento urbanístico, de conformidad con la normativa vigente en el ámbito de la comunidad autónoma.»
← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →


