Legislación › Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.
Disposición derogatoria única.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de septiembre de 2006 y la del 1 de enero de 2008.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras).
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Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas todas las disposiciones del mismo rango o inferior que se opongan a lo que establece establecido en esta ley y, expresamente, el Decreto 4/1986, de 23 de enero, de implantación y regulación de los estudios de evaluación de impacto ambiental, sin perjuicio de lo que establece la disposición transitoria establecen las disposiciones transitorias segunda y tercera de esta la presente ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2008 En vigor | BOE-A-2008-5651 | Leer | Qué cambió |
| 22 de septiembre de 2006 | Texto original | Leer |
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