Legislación › Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente Ley será de aplicación a los contratos que se celebren, en régimen de subcontratación, para la ejecución de los siguientes trabajos realizados en obras de construcción:
Excavación; movimiento de tierras; construcción; montaje y desmontaje de elementos prefabricados; acondicionamientos o instalaciones; transformación; rehabilitación; reparación; desmantelamiento; derribo; mantenimiento; conservación y trabajos de pintura y limpieza; saneamiento.


