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Legislación › Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.

Disposición final tercera. Entrada en vigor de esta ley.

Disposición final tercera. Entrada en vigor de esta ley.

Esta ley entrará en vigor a los cinco años de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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