Legislación › Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
Disposición final tercera. Entrada en vigor de esta ley.
Disposición final tercera. Entrada en vigor de esta ley.
Esta ley entrará en vigor a los cinco años de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».


