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Legislación › Ley 4/2006, de 10 de octubre, por la que se crea el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Extremadura.

Disposición transitoria tercera. Estatutos.

Disposición transitoria tercera. Estatutos.

El acta de la Asamblea Colegial Constituyente se remitirá a la Consejería de Presidencia e incluirá la composición de sus órganos de gobierno y los Estatutos del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Extremadura para su control de legalidad y posterior inscripción registral y publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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