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Legislación › Ley 5/2006, de 10 de octubre, por la que se crea el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura.

Disposición transitoria tercera. Estatutos.

Disposición transitoria tercera. Estatutos.

El acta de la Asamblea Colegial Constituyente se remitirá a la Consejería de Presidencia e incluirá la composición de sus órganos de gobierno y los Estatutos del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura para su control de legalidad y posterior inscripción registral y publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».

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