Legislación › Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 43. Registro de infracciones y sanciones.
Artículo 43. Registro de infracciones y sanciones.
Se crea un registro administrativo autonómico de infracciones y sanciones en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas. En él se anotarán todas las infracciones y sanciones que se impongan en esta materia mediante Resolución firme en vía administrativa. Dependerá de la Dirección General competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, y reglamentariamente se determinará su organización y funcionamiento, que, en todo caso, establecerá el sistema de remisiones de información entre los distintos órganos competentes para iniciar procedimientos e imponer sanciones.


