Legislación › Real Decreto 1226/2006, de 27 de octubre, por el que se regulan las actividades y el funcionamiento del Fondo para inversiones en el exterior y el Fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa.
Artículo 7. Objetivos y actividades del Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de noviembre de 2006 y la del 11 de febrero de 2016.
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Artículo 7. Objetivos y actividades del Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa.
1. De conformidad con lo estipulado en el apartado uno del artículo 115 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su actual redacción de 29 de diciembre de 2005, disposición adicional cuadragésima tercera, párrafo dos de la Ley 30/2005 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, el Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa tiene como finalidad promover la internacionalización de la actividad de las pequeñas y medianas empresas, y, en general, de la economía española, a través de inversiones temporales y participaciones temporales, minoritarias y directas en el capital social de empresas españolas para su internacionalización o de empresas situadas en el exterior, realizadas de forma directa o indirecta, y, en general, mediante participaciones en los fondos propios de dichas las empresas o mencionadas anteriormente y a través de otros cualesquiera instrumentos financieros participativos.
Con cargo al Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa también podrán tomarse participaciones temporales, minoritarias y directas en aquellos vehículos o fondos de capital expansión con apoyo oficial ya existentes o que se establezcan o fondos de inversión privados, que fomenten la internacionalización de la empresa o de la economía española.
2. Las aportaciones realizadas por cuenta del Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa Empresa, en empresas españolas o en empresas constituidas en el exterior podrán tomar la forma de participaciones en capital u otros instrumentos participativos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de febrero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-2406 | Leer | Qué cambió |
| 16 de noviembre de 2006 | Texto original | Leer |


