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Legislación › Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Artículo 76. Tipo de gravamen del ahorro.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2007 y la del 1 de enero de 2010. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 76. Tipo de gravamen del ahorro.
La base liquidable del ahorro, en la parte que no corresponda, en su caso, con el mínimo personal y familiar que resulte de los incrementos o disminuciones a que se refiere el artículo 56 56.3 de esta Ley, se gravará con el tipo del 6,9 9 por ciento.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-26694 Leer Qué cambió
1 de enero de 2023 BOE-A-2022-22128 Leer Qué cambió
1 de enero de 2021 BOE-A-2020-17339 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2014-12327 Leer Qué cambió
12 de enero de 2011 BOE-A-2010-19703 Leer Qué cambió
13 de enero de 2010 BOE-A-2009-20765 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2009-20375 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 Texto original Leer

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