Legislación › Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Artículo 76. Tipo de gravamen del ahorro.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2007 y la del 1 de enero de 2010.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
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Artículo 76. Tipo de gravamen del ahorro.
La base liquidable del ahorro, en la parte que no corresponda, en su caso, con el mínimo personal y familiar que resulte de los incrementos o disminuciones a que se refiere el artículo 56 56.3 de esta Ley, se gravará con el tipo del 6,9 9 por ciento.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2024-26694 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | BOE-A-2022-22128 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2021 | BOE-A-2020-17339 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2014-12327 | Leer | Qué cambió |
| 12 de enero de 2011 | BOE-A-2010-19703 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 2010 | BOE-A-2009-20765 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2009-20375 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | Texto original | Leer |


