LexTotal

Legislación › Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria.

Artículo 133. Control de subvenciones y ayudas.

Artículo 133. Control de subvenciones y ayudas.

La Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma ejercerá el control sobre entidades colaboradoras y beneficiarios de subvenciones y ayudas concedidas por las entidades del sector público autonó­mico y de las financiadas con cargo a fondos comunita­rios de acuerdo con lo establecido en la normativa en materia de subvenciones y la comunitaria.

← Artículo 132 Índice Artículo 134 →