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Legislación › Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria.

Artículo 87. Deuda de la Comunidad Autónoma de Can­tabria.

Artículo 87. Deuda de la Comunidad Autónoma de Can­tabria.

Constituye la Deuda de la Comunidad Autónoma de Cantabria el conjunto de capitales tomados a préstamo por la misma mediante emisión pública, concertación de operaciones de crédito o préstamo, subrogación en la posición deudora de un tercero o, en general, mediante cualquier otra operación financiera de la Comunidad Autónoma, con destino a financiar sus gastos.

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