Legislación › Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria.
Artículo 87. Deuda de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 87. Deuda de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Constituye la Deuda de la Comunidad Autónoma de Cantabria el conjunto de capitales tomados a préstamo por la misma mediante emisión pública, concertación de operaciones de crédito o préstamo, subrogación en la posición deudora de un tercero o, en general, mediante cualquier otra operación financiera de la Comunidad Autónoma, con destino a financiar sus gastos.


