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Legislación › Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria.

Artículo 94. Operaciones a corto plazo.

Artículo 94. Operaciones a corto plazo.

La Comunidad Autónoma de Cantabria podrá emitir Títulos de Deuda Pública y concertar operaciones de endeudamiento por plazo inferior a un año, que tendrán por objeto cubrir necesidades transitorias de tesorería.

La Ley de Presupuestos establecerá anualmente el importe máximo de endeudamiento a corto plazo durante el ejercicio correspondiente.

En la medida en que las referidas operaciones de endeudamiento se concierten y cancelen dentro del mismo ejercicio presupuestario y no superen el cinco por ciento del estado de gastos del Presupuesto del ejercicio correspondiente podrán ser acordadas por el Consejo de Gobierno sin habilitación legal previa.

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