LexTotal

Legislación › Ley 13/2006, de 19 de octubre, de creación del Colegio Oficial de Publicitarios y Relaciones Públicas de las Illes Balears.

Artículo 2. Profesionales colegiados.

Artículo 2. Profesionales colegiados.

El Colegio Oficial de Publicitarios y Relaciones Públicas de las Illes Balears agrupa a los profesionales que hayan obtenido la titulación universitaria oficial de Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas, o la homologación de la misma. En el caso de titulaciones extranjeras, también deberá acreditarse su homologación.

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →