Legislación › Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears.
Artículo 13. Principios de las relaciones interadministrativas.
Artículo 13. Principios de las relaciones interadministrativas.
Las competencias en materia de actividad física y deporte de las diferentes administraciones públicas de las Illes Balears se ejercerán bajo los principios de cooperación, colaboración, coordinación, descentralización e información multilateral, de acuerdo con lo que establece el artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.


