Legislación › Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears.
Artículo 139. Régimen de recursos.
Artículo 139. Régimen de recursos.
Contra los actos y las resoluciones adoptados por los órganos mencionados en el artículo anterior cabe interponer los recursos establecidos en el capítulo IX del presente título.


