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Legislación › Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears.

Artículo 139. Régimen de recursos.

Artículo 139. Régimen de recursos.

Contra los actos y las resoluciones adoptados por los órganos mencionados en el artículo anterior cabe interponer los recursos establecidos en el capítulo IX del presente título.

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