Legislación › Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears.
Artículo 173. Resolución.
Artículo 173. Resolución.
La resolución del órgano competente pone fin al expediente y debe dictarse en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que el expediente se haya elevado al órgano competente.


