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Legislación › Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears.

Artículo 58. Incoación del procedimiento de revocación.

Artículo 58. Incoación del procedimiento de revocación.

Incoar un procedimiento para revocar el reconocimiento legal de una federación deportiva balear supone la suspensión cautelar motivada del pago de las subvenciones que le hayan sido otorgadas.

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