Legislación › Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears.
Artículo 66. Régimen jurídico.
Artículo 66. Régimen jurídico.
La constitución, el régimen jurídico, las actividades y el funcionamiento de las federaciones deportivas se regirán por las disposiciones de la presente ley, por las normas reglamentarias que les sean de aplicación y por sus estatutos y reglamentos internos.


