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Legislación › Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 7. Atribuciones como suprema representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 7. Atribuciones como suprema representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Corresponde a la Presidencia de la Junta de Andalucía, como suprema representación de la Comunidad Autónoma:

a) Representarla en las relaciones con otras instituciones del Estado y en el ámbito internacional cuando proceda.

b) Firmar los convenios y acuerdos de cooperación que suscriba la Comunidad Autónoma en los casos que proceda.

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